NotMid 28/12/2023
OPINIÓN
ARCADI ESPADA
Solo a la ridícula política de la época podría corresponderle la ridícula reforma de la Constitución que los dos partidos mayoritarios llevan años -años- negociando. La reforma afecta al impecable artículo 49: «Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos». El centro de la reforma es la palabra disminuidos. Los ridículos creen, en primer lugar, que el constituyente no los consideraba personas y así proponen llamarlos con el adjetivo adjunto discapacitadas, que si en algo se distingue de disminuidos -si es que existen sinónimos, el Diccionario los hace sinónimos- es que, además, los incapacita, en una muestra de capacitocentrismo que rechazan muchos de los aludidos por el artículo 49, lo que supone que la nueva palabra nacerá muerta.
Las palabras van y vienen -y a veces vuelven- y es obvio que la Constitución se escribiría hoy de modo distinto a cómo fue escrita, sobre todo teniendo en cuenta la disminuida sintaxis de los políticos que gobiernan o se oponen al Gobierno. Pero los cambios inducidos por cualquier forma de identitarismo convierten las palabras en balizas. Y que disminuidos o discapacitados signifiquen lo mismo o peor les trae sin cuidado a estos identitaristas específicos. Lo importante es su backoffice: la intención de celebrar la discapacidad y luchar contra la creencia de que -así lo patrocina el experto Dan Goodley- «la discapacidad es en sí misma negativa y que debemos, si se presenta la oportunidad, aliviarla, curarla o eliminarla».
La reforma prevista incluye otro cambio puramente bárbaro. Y es que según un párrafo del texto del Gobierno -que cuelga de la web de La Moncloa-, al que el Partido Popular no ha puesto objeción que yo conozca, «se atenderán particularmente las necesidades de las mujeres y niñas con discapacidad». El único artículo de la Constitución donde se practica la discriminación positiva es justamente este 49, cuando dice que a los disminuidos se los «amparará especialmente». Porque lo son, claro. Ahora la modificación prevista extiende esta consideración al género femenino, al que toda discapacidad supone un añadido.