La cámara alta, en su papel dentro del proceso legislativo, tiene la capacidad de influir en la tramitación de una ley aprobada previamente por el Congreso, pero no tiene la última palabra
NotMid 19/03/2024
ESPAÑA
Nuevo episodio, ya el final, de la ley de amnistía. Tras dar muchas vueltas por el Congreso, este martes llega por fin al Senado, cuya Mesa está controlada en su mayoría por el Partido Popular. La gran duda que surge es si la Cámara Alta tiene la capacidad de frenar esta medida de gracia. Y un informe de sus servicios jurídicos ha determinado que, les guste o no, es un “deber constitucional” dar continuidad a la tramitación de leyes. Pero antes dejan clara que su “inconstitucionalidad” es “evidente y palmaria”
Se trata de “un acto de continuidad, que no se puede interrumpir”, dice el informe. Y continúa: “De ahí se deduce que la Mesa de la Cámara, como órgano de gobierno que ha de disponer la admisión de la iniciativa y acordar la posterior tramitación, no podría impedir el debate de la proposición”
¿Puede el Senado frenar la amnistía?
Y es que, el Senado, en su papel dentro del proceso legislativo, tiene la capacidad de influir en la tramitación de una ley aprobada previamente por el Congreso, pero no tiene la última palabra. El procedimiento es el siguiente: una vez que una ley es aprobada en el Congreso, se envía al Senado, donde esta cámara puede ejercer su derecho a veto o a introducir enmiendas.
Si el Senado decide vetar la ley, el veto tiene un efecto suspensivo. Esto significa que el Congreso de los Diputados deberá ratificar la ley por mayoría absoluta si el veto se produce dentro de los primeros dos meses desde su recepción en el Senado (o por mayoría simple pasados estos dos meses), para que la ley pueda ser finalmente promulgada.
En el caso de que el Senado proponga enmiendas, la ley regresa al Congreso para que este decida sobre las modificaciones sugeridas. Y es en el Congreso donde se toma la decisión final: puede aceptar las enmiendas del Senado o rechazarlas, procediendo en este último caso a la aprobación definitiva de la ley en su forma original.
Aceptan pero apostillan que la inconstitucionalidad es “evidente y palmaria”
Los letrados explican en el documento que “se puede decir que la admisión a trámite de los proyectos y proposiciones de ley que sean remitidos por el Congreso constituye un caso excepcional de admisión obligada por parte de la Mesa, incluso en los casos de iniciativas cuya inconstitucionalidad sea ‘evidente y palmaria’”, apostillan.
Además, concluyen que una “inadmisión por parte de la Mesa del Senado no se ajustaría a la Constitución” y, además, advierten de que ese escenario “mermaría considerablemente los derechos del Senado y de los Senadores” porque “impediría el desarrollo de su tramitación con las correspondientes aportaciones”.
El PP frena la urgencia de la ley
El PP ha registrado este lunes en el Senado la solicitud formal para que la proposición de ley orgánica de amnistía se tramite por el procedimiento legislativo ordinario, en lugar de por la vía urgencia utilizada en el Congreso, lo que hará que la norma permanezca en la Cámara Alta un máximo de dos meses. La solicitud, firmada por la portavoz del PP en el Senado, Alicia García, será estudiada este martes por la mesa, en la que el PP cuenta con mayoría, de forma paralela a la calificación de la iniciativa.
En su petición el PP señala que conviene el procedimiento ordinario “considerando la grave trascendencia constitucional, política y social” de la proposición, la cual fue aprobada por el Congreso en primera instancia el jueves por 178 votos a favor y 172 en contra.
Tras registrarse el viernes, si la mesa del Senado mantuviera el procedimiento de urgencia tendría que ser tramitada en quince días, pero si admite la propuesta del PP tendrá un máximo de dos meses desde su registro, por lo que la fecha tope será el 15 de mayo.
Agencias