Prevé presentar una cuestión prejudicial ante el TJUE si la futura ley le obliga a dejar de investigar a Tsunami
NotMid 07/11/2023
ESPAÑA
Los tiempos de la política son unos y los de la Justicia son otros. Pese a las intensas negociaciones mantenidas entre el PSOE, Junts y ERC en los últimos días -y horas en el caso del partido de Carles Puigdemont– para alcanzar un acuerdo de legislatura, las investigaciones judiciales relacionadas con el procés continúan su curso.
El titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón, imputó ayer por un delito de terrorismo al ex presidente catalán Puigdemont, la dirigente de ERC Marta Rovira y varios ex altos cargos del Govern por su participación en la plataforma Tsunami Democràtic «cuya finalidad esencia», en palabras del juez, era «subvertir el orden constitucional, desestabilizar económica y políticamente el Estado, y alterar gravemente el orden público mediante la movilización social masiva».
García Castellón adoptó esta decisión, de impulso de la investigación, tras haber recibido el pasado viernes un extenso informe de la Guardia Civil donde señalaba tanto a Puigdemont como a Rovira por su vinculación con Tsunami Democràtic. El instructor cree que Puigdemont podría haber participado en la aparición de la organización mientras a Rovira le atribuye un papel de coordinación de la misma. Además, el magistrado considera que los hechos, pese a su complejidad, encajan indiciariamente en un delito de terrorismo y califica la actuación de la plataforma que nació para canalizar las movilizaciones sociales contra la sentencia del 1-O como «actos de terrorismo».
Sin embargo, esta investigación puede verse abocada al archivo si el PSOE accede a amnistiar a los miembros de Tsunami Democràtic, tal y como han exigido las formaciones independentistas Junts y ERC. Según informan fuentes jurídicas, en ese caso es altamente probable que la Audiencia Nacional decida plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dada la imposibilidad de investigar unos hechos que considera de extrema gravedad y de naturaleza terrorista. La cuestión prejudicial se presentaría al entender el juzgado que la amnistía puede violentar el derecho de la Unión Europea.
No en vano, en el auto notificado ayer, el magistrado explicó que «la persecución de los delitos de terrorismo resulta una cuestión esencial para la seguridad nacional e internacional de los ciudadanos» y añadía que «existe un mandato del Consejo de seguridad de las Naciones Unidas para asegurar su enjuiciamiento».
Asimismo, Manuel García Castellón recalcó que «España es parte de varios instrumentos internacionales que comprometen su responsabilidad en la persecución y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo».
A mayor abundamiento, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 de la Audiencia añade que «si bien no existe una definición universal de terrorismo, en el ámbito del derecho de la Unión Europea sí que se ha tratado de armonizar y delimitar algunos conceptos relacionados con el terrorismo. En este sentido, debemos referir la Directiva (UE) 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativa a la lucha contra el terrorismo y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/475/JAI del Consejo y se modifica la Decisión 2005/671/JAI del Consejo».
Estas directrices, recogidas por el juez, aluden a que «la Unión se basa en los valores universales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad y la solidaridad y el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales. Se fundamenta en los principios de la democracia y el Estado de Derecho, que son comunes a los Estados miembros» y añade que los actos terroristas «constituyen una de las violaciones más graves de los valores universales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad y la solidaridad, y el disfrute de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, en los que se basa la Unión. También representan uno de los ataques más graves contra la democracia y el Estado de Derecho, principios que son comunes a los estados miembros y en los que se fundamenta la Unión».
En el auto de imputación de Puigdemont y Rovira, el magistrado de la Audiencia afirma de forma taxativa que «existe un compromiso por parte del Reino de España en la adopción de medidas efectivas para la persecución de los delitos de terrorismo». «Dada la armonización que en esta materia se ha efectuado de algunos tipos penales relacionados con el terrorismo, se puede afirmar que nos encontramos ante una materia que es Derecho de la Unión Europea», subraya el instructor, competente para presentar una cuestión prejudicial ante el TJUE si el PSOE decide amnistiar a los miembros de Tsunami Democràtic.
El juez afirma que los hechos que se le atribuyen a esta plataforma -cortes de carretera, el bloqueo de los aeropuertos de Barcelona y Madrid, el intento de sabotaje del Clásico en el Camp Nou- pueden ser calificados como terrorismo y también como un delito de desórdenes públicos terroristas. Asimismo, aprecia indicios de la comisión de un delito de falsificación documental, y daños, además de delito de riesgo catastrófico.
Unido a una posible cuestión prejudicial ante el TJUE, la Audiencia puede plantear una cuestión de inconstitucional ante el Tribunal Constitucional cuando le corresponda ejecutar la futura Ley de amnistía. La citada cuestión paraliza el procedimiento en curso.
Agencias