Los criterios de admisión incluidos por la UEFA en sus Estatutos y regulaciones de la competiciones tras los escándalos en Italia son la gran amenaza del Barça
NotMid 21/03/2023
OPINIÓN
ORFEO SUÁREZ
«En otra ventanilla». La ocurrente respuesta que Vicente Del Bosque dio cuando le preguntaron por el partido amistoso que su selección iba a jugar en Guinea a mayor gloria del sátrapa Teodoro Obiang, es la que ahora se escucha en la que fuera su casa y en las ajenas cuando se pregunta por las consecuencias que puede tener para el Barcelona el ‘caso Negreira’. «Las competencias son de la Federación», dicen desde LaLiga de Javier Tebas. «Está prescrito según la Ley del Deporte», responden en Las Rozas. Que pase el siguiente.
En el Vaticano del fútbol, en Zúrich, observan y escuchan, pero la distancia entre la FIFA y el Camp Nou no es la de la UEFA, que tiene en el coliseo azulgrana a uno de sus grandes escenarios. El organismo de Aleksander Ceferin mantiene silencio porque no puede mandar a nadie a la siguiente ventanilla. En su bucólico retiro de Nyón está el botón nuclear que puede hacer volar la Champions del Camp Nou y agravar la ruina económica de un club que, hoy, se debate entre la reconstrucción deportiva guiada por Xavi y otra ruina peor. La ruina moral.
ARTÍCULOS 4.02 Y 50.3
El botón nuclear es el artículo 4.02 de las Regulaciones de la Champions. Emana, a su vez, del artículo 50.3 de los Estatutos de la UEFA, referente a los criterios de elegibilidad para participar en las competiciones organizadas por el organismo europeo, y dice lo siguiente: «Si la UEFA concluye que un club ha estado directa o indirectamente involucrado en cualquier actividad dirigida a arreglar o influir en el resultado de un partido a nivel nacional o internacional, declarará que dicho club no podrá participar en la competición». «Al tomar su decisión -continúa el artículo-, la UEFA puede confiar, pero no está obligada a hacerlo, en la decisión de un organismo deportivo nacional o internacional, un tribunal de arbitral o un tribunal estatal».
La confederación europea de fútbol no se subyuga, pues, a las decisiones que se tomen en el país del equipo ni a los plazos de la justicia, ya que el espíritu de su reglamento es poder actuar con celeridad. De hecho, el artículo 50.3 de los Estatutos, referente a la «no admisión», del que parten las Regulaciones de las competiciones europeas, concluye que los supuestos clubes infractores «pueden ser rechazados con efecto inmediato, sin perjuicio de otras posibles medidas disciplinarias». Es decir, puede no admitir a un club incluso durante el proceso de investigación, en el que ahora se encuentra el ‘caso Negreira’, si considera las evidencias sustanciales y, por ello, limita la expulsión de la competición a un solo año.
CAMBIO POR EL MILAN DE ANCELOTTI
Esta potestad de la UEFA reflejada en el artículo 50.3 de sus Estatutos e incorporada al 4.02 de las Regulaciones de la Champions fue incluida después de que el organismo viera cómo uno de los equipos implicados en 2006 en el ‘Calciopoli’, el Milan que dirigía Carlo Ancelotti, se clasificaba para la Champions del año siguiente, ya que en su caso el castigo en Italia no fue un descenso de categoría, como le sucedió a la Juventus, sino una pérdida de puntos. La UEFA no poseía entonces la herramienta jurídica para rechazarlo, a pesar de que haber quedado probado que el club lombardo, junto a otros sancionados por el ‘Calciopoli’, había intentado influir en los arbitrajes. Para evitar que la situación volviera a darse, en su siguiente congreso, en enero de 2007 en Dusseldorf, la UEFA añadió el apéndice 3 en el artículo 50, aunque el Milan, ya en plena competición, siguió su camino hasta la final, en mayo de 2007, en la que se impuso al Liverpool de Rafa Benítez en Atenas. Fue la venganza de la remontada de Estambul.
A las repercusiones que pudiera tener la aplicación de estos artículos para el Barcelona, se añade la responsabilidad de sus dirigentes y las personas implicadas, sea en el club o en la Federación, según se desprende, asimismo, del artículo 12 del Código Disciplinario del organismo europeo. «Todas las personas bajo las reglas y normas de la UEFA deben abstenerse de cualquier conducta que dañe o pueda dañar la integridad de los partidos y competiciones», dice el texto con claridad. Entre las formas de «violar la integridad», el artículo 12 se refiere al uso de información privilegiada obtenida gracias a la posición de determinadas personas en el fútbol, algo que habrían hecho los presidentes del Barcelona Joan Laporta, Sandro Rosell y Josep Maria Bartomeu, según la investigación de la Fiscalía, a través de José María Enríquez Negreira durante su etapa como vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros. También exige el Código Disciplinario la comunicación inmediata a la UEFA por parte de los organismos nacionales de las irregularidades conocidas. La Federación se ha apresurado a hacerlo, después de recabar toda la información interna. La incógnita es si era conocedora con anterioridad.
DECISIÓN EN JUNIO
En Nyón tienen, pues, la documentación, aunque el proceso de admisión no se produce hasta que cada federación nacional notifica, a final de temporada, cuáles son los equipos clasificados de sus ligas para las competiciones europeas. En España concluye el 4 de junio. Será entonces cuando la UEFA deba tomar una decisión, es de suponer que con más elementos por los avances de la investigación, aunque muy lejos todavía de tener una resolución judicial. Como especifica en sus Estatutos y Regulaciones, no la necesita.
El armazón jurídico de la UEFA no es, por tanto, una amenaza únicamente para el Barcelona, sino también para su presidente, que ha optado por una huida hacia adelante a lomos del populismo más maniqueo. El argumento del Barça para defenderse sólo puede ser el de insistir en que sus pagos a Enríquez Negreira no eran para influir, sino para asesorarse, aunque el problema es sostenerlo con el soporte físico suficiente, no con informes breves y con faltas de ortografía. La teoría de que fue presa de un estafador no exime de la intencionalidad y no la creen en Nyón, entre cuyas acristaladas salas sobre el lago Lemán corre el eco: «Nadie paga siete millones de euros por nada».
LAPORTA ANTE CEFERIN
La posición de Laporta tampoco es la mejor frente a Ceferin, después de seguir con el tambor hasta el final a Florentino Pérez para hacer el ‘sorpasso’ a la Champions con la sublevación de la Superliga. El caso Negreira ha abierto una falla en esa alianza, visible con la ausencia del dirigente madridista en el palco, ayer, durante el clásico. Ni con la cabeza de cochinillo lanzada sobre Figo o el dedo en el ojo de José Mourinho al difunto Tito Vilanova faltó a la cita. En un momento tan delicado, con imperiosas necesidades de financiación para el Barcelona, es mejor estar cerca del poder, aunque sea el poder enemigo en el campo.
Desde la atalaya del reelegido Gianni Infantino siguen el caso con atención. La FIFA no tiene una relación directa con el Barça como la UEFA, salvo por la participación en el Mundial de Clubes cuando se gana el derecho. El organismo se reserva la capacidad para actuar en casos de gravedad que no hayan sido sancionados, como amaños o episodios de abusos. La FIFA ya castigó al club azulgrana y a otros españoles por vulnerar la normativa de contratación de menores, entonces con el cierre de ventanas de fichajes. La Champions, en cambio, no es una ventaja cualquiera. Es la puerta principal.