Los ‘populares’ preparan una batería de argumentos jurídicos para rebatir el previsible informe del letrado mayor apoyando la decisión de devolver el texto a la Comisión de Justicia de la Cámara
NotMid 03/02/2024
ESPAÑA
Primero el PP y después Vox. Los dos partidos han reaccionado en el mismo sentido a la decisión de la presidenta del Congreso, Francina Armengol, de reenviar a la Comisión de Justicia la proposición de ley de amnistía para que elabore un nuevo dictamen de la misma, pese a que el Pleno de la Cámara rechazó el pasado martes la norma con 179 noes frente a 171 síes en la votación final de conjunto imprescindible para las iniciativas que tengan carácter orgánico.
Ambos grupos han remitido sendos escritos de reconsideración (PP) y de impugnación (Vox) a la Mesa del Congreso reclamando la paralización total de la tramitación de la proposición de ley por entender ambos que tras el rechazo final del Pleno, la iniciativa ha decaído.
Estas reclamaciones se someterán a discusión en la reunión de la Mesa, el órgano rector de la Cámara, que se celebrará el próximo martes. Las dos formaciones esperan que para entonces, la presidenta de la Cámara, Francina Armengol, cuente ya con un informe del letrado mayor, Fernando Galindo, y dan por hecho que el mismo tratará de sostener su decisión.
El PP forma parte de la Mesa con cuatro representantes frente a los cinco con que cuentan PSOE y Sumar, de manera que ya anticipan que su demanda y la de Vox serán rechazadas. No obstante, los populares aguardan con expectación el razonamiento que exponga el letrado de Armengol y se prepararn para rebatirlo con una catarata de argumentos jurídicos e incluso gramaticales barajando no sólo el Reglamento del Congreso sino también la Constitución.
Las razones que aporte el letrado y l a decisión de la Mesa que, sin duda, ratificarán la resolución de la presidenta, quedarán recogidas en el acta de la reunión y serán la base de los recursos en amparo que tanto PP como Vox anticipan ya que suscitarán ante el Tribunal Constitucional.
“PELEAR HASTA EL FINAL”
«Estamos acostumbrados a la continua arbitrariedad, pero hay cuestiones que hay que pelear hasta el final. El Reglamento y las leyes no pueden estirarse y retorcerse hasta el infinito», señalan los populares.
PP y Vox reclaman que la proposición de ley de aministía sea revocada, lo cual no impediría que sus promotores, el Grupo Socialista, al que podrían sumarse otros, volviera a registrarlo en sus mismos términos en la Cámara. Eso sí, la tramitación parlamentaria de la norma tendría que iniciarse desde cero.
En medios parlamentarios se señalaba ayer a Junts como causante de este embrollo por la «extraña maniobra» que llevó a cabo votando primero a favor del dictamen de la norma y, a continuación, en contra de la totalidad de la misma. Con esta decisión, apuntan en el PP, los de Puigdemont se han «cargado» la iniciativa.
Las fuentes jurídicas consultadas por este diario hacen hincapié en la trascendencia de la votación «final y sobre el conjunto del texto» que se exige para los proyectos y proposiciones de carácter orgánico. Apuntan que precisamente es esta votación la que distingue su tramitación de la de las iniciativas ordinarias y con ella, añaden, se pretende dotar de aval reforzado a una norma que por su contenido desarrolla aspectos constitucionales. Añaden, pues, que esa votación final sobre el conjunto de la propuesta es «decisiva», de manera que si en la misma el Pleno expresa su rechazo, como sucedió el pasado martes, la iniciativa debe considerarse decaída.
Las mismas fuentes afirman que lo contrario, no tendría sentido jurídico: dar por hecho que el voto a favor de un dictamen prevalece sobre el voto en contra del conjunto de la norma implicaría suprimir el sentido especial de esta última votación exigida expresamente por la Constitución para las leyes orgánicas.
Para el PP, y también para Vox, en el caso de la Ley de Amnistía, en la votación final y sobre el conjunto de la misma, no es que no se lograra una mayoría favorable aunque no suficiente -de haber sido así sería correcto devolver el texto a comisión como establece el artículo 131.2 del Reglamento-, es que la votación arrojó una «mayoría absoluta contraria a la totalidad de la proposición», no a unas partes sí y a otras no, y en consecuencia lo que procede es retirarla porque el Pleno la rechazó.
Sobre este último aspecto establecen conexión con el artículo 79.2 de la Constitución según el cual para que un acuerdo de las Cámaras sea válido ha de haber sido aprobado por la mayoría de sus miembros presentes, sin perjuicio de las mayorías especiales que establezcan la Constitución y las leyes orgánicas.
Agencias